Por Lic. Víctor M. Oxley
Caracterizando Agustín Pío Barrios a su
personaje el cacique Nitsuga Mangoré, el paganini de las junglas del Paraguay,
pasa de la América Insular al continente, y cae por el suelo venezolano en
febrero de 1932, país en el que los dos siguientes meses haría una seguidilla de
25 conciertos continuos. Llegó a tocar en el Teatro Municipal de Caracas. Así por estos parajes, el 31 de marzo de 1932
entre las obras que ejecutó para el público en el Club Florida, debuta DANZA
PARAGUAYA, obra de un alto contenido emotivo para el pueblo paraguayo,
infaltable repertorio ante un auditorio guaraní.
La composición musical "Danza
paraguaya" del guitarrista paraguayo, sanjuanino de las misiones de
origen, es una de las más bellas páginas de la música paraguaya. Ha recorrido
el mundo, primeramente en las propias manos de su creador y luego en las manos de
los más grandes intérpretes de la guitarra de concierto del mundo.
Como comentario podemos decir que el 26 de enero de 1926, estando por el Uruguay, obsequia Barrios a Martín Borda y Pagola, su amigo intimo y mecenas oriental, una partitura manuscrita de su emblemática obra “Danza Paraguaya”, este es el vestigio más antiguo con el cual se documenta la evolución del genio mangoriano en el sentido y aspecto imaginario-folklorista de sus creaciones, y se puede decir también, del antes y después de la evolución de la música folklórica de desarrollos académicos por parte de los músicos que han tomado como modelo de composición en la forma y contenido de ella, muy especialmente Don Herminio Giménez en su ya emblemática obra "Che trompo arasá".
El estilo de componer imaginario-folklorista
de Agustín Pío Barrios, se refleja muy bien en la obra Danza paraguaya; esta
obra en tres bloques bien diferenciados elabora sus principales ideas. En la
partitura manuscrita conservada, Mangoré aclara que es una armonización.
Esto sugiere que no es una obra original salida de su cabeza. Ya desde los
primeros compases se nota la alta calidad de su contenido musical y desde ello,
aunque fuese un motivo popular en préstamo se nota que todo lo que se aprecia
en ella es Mangoré puro en su más alta capacidad técnica y creativa en cuanto
lo musical. Este caso de Danza paraguaya podría ser similar a las 24
variaciones que hizo Mangoré de la “Gran Jota” –obra con la cual por mucho
tiempo cerraba sus presentaciones de concierto- y de las 6 variaciones sobre el
tema “Lágrima”, ambos de Francisco Tárrega. A lo largo de sus interpretaciones
públicas, estos dos temas fueron presentados por Mangoré como solo de Tárrega
al principio, luego Tárrega-Mangoré, hasta que al fin lo deja como solo de
Mangoré. Esto es justo pues si bien la detonante creativa es una obra impropia,
solo el talento que juega en posibilidades no exploradas en el original por el
creador primigenio, las lleva más allá de sus límites.
Así podemos acotar que lo mismo sucede con la
obra "Ca´azapá" (grabada con la nominación de "Aire popular
paraguayo" por el mismo Barrios en 1913-1914 para el sello Atlanta-Artigas),
hoy nombrada comúnmente como de Agustín Barrios. Esta obra originalmente
pertenece a Eloy Martín Pérez, quien se la dedicó a la bella dama ca´azapeña, señorita
Rosa Alderete; el autor primigeniamente bautizó a la canción con el título de
"Nde resá porã", más luego por transformaciones en la comunidad
musical en la década de 1920, sufre de importantes cambios, como el de
relacionar la dulce melodía original con los versos de Carlos A. Jara en su
escrito "Maravé ndoicoi"; para 1922, y a raíz de la revolución
llevada a cabo por esas fechas, se la rebautiza como la "Canción del
soldado", con letra de Rafael Ríos pero cantada con la melodía de
"Nde resá porã"; como se puede constatar, esta bella página del
acervo nativo pasó por interesantes transformaciones, pero al final, quedó simplemente la obra musical, desde las
más bellas cúspides armónicas a las que Agustín Barrios la elevó, reconocida
simplemente por el título de "Ca´azapá".
Entre los actos oficiales, que muy bien
pueden aplaudirse del Estado paraguayo, está el hecho de que el 24 de julio de
1944, por decreto gubernamental,
las composiciones musicales "India" de Manuel Ortíz Guerrero y José
Asunción Flores, y la canción épica
"Cerro Corá" (dicho de paso también tratada en arreglos por el mismísimo
Agustín Barrios), con versos del poeta itaugüeño Félix Fernández y música del
Maestro Herminio Giménez, fueron declaradas "canción nacional"; desde
esto podemos sugerir, bajo los suficientes méritos que creemos ha acumulado la
composición titulada "Danza paraguaya" de Agustín Pío Barrios sea
también declarada como patrimonio significativo del acervo floklórico popular y
culto universal de la nación paraguaya por parte de las autoridades del Estado
paraguayo. Creemos firmemente que ello es un acto justo, primero para con el
ciudadano paraguayo Don Agustín Pío Barrios Ferreira quien con su talento e
imaginación infinitas nos regaló tan excelsa creación, y para con el pueblo
paraguayo, que muy bien ha sabido acunar está muy bella página de su acervo
nacional en su más notable expresión creativa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario